Hipoacusia neurosensorial bilateral del prematuro

Definición: Corresponde a un déficit auditivo igual o mayor a 35 decibeles, secundario a daño histológico del oído interno.

Patologías  Incorporadas: quedan incluidas las siguientes enfermedades y los sinónimos que las designen en la terminología médica habitual:

  • Hipoacusia neurosensorial, bilateral

a.  Acceso:

Todo Beneficiario Prematuro nacido a contar del 1° de julio de 2005 con menos de

1.500 gramos al nacer o menor de 32 semanas de gestación:

  • Tendrá acceso a screening auditivo.
  • Con Screening alterado, tendrá acceso a confirmación diagnóstica.
  • Con confirmación diagnóstica, tendrá acceso a tratamiento y seguimiento.

b.  Oportunidad:

 

¨  Sospecha:

Screening auditivo automatizado, previo al alta de la unidad de neonatología

 

¨  Diagnóstico

Confirmación diagnóstica: Con screening alterado, dentro de 3 meses

 

¨  Tratamiento

  • Audífonos: dentro de 3 meses desde la confirmación diagnóstica.
  • Implante Coclear, dentro de un año desde  indicación médica.

 

¨  Seguimiento

Primer control dentro de 14 días desde implementación de audífonos o implante coclear.

 

c.  Protección Financiera: haga clic aquí